SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0629/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0629/2005-R

Fecha: 14-Jun-2005

II.9.

II.9. Mediante el CITE 359/2003, de 5 de junio de 2003 (fs. 76 y 77) la Federación de Sindicatos Médicos y Ramas Afines de la CNS (FESIMRAS) comunicó al recurrente en respuesta a la carta precedentemente citada que presentó que no eran evidentes los extremos que aducía con relación al profesional médico Germán Morales Zúñiga, y anunciándole que los fallos del Tribunal Calificador después de las revisiones y observaciones eran inapelables y causaban estado, le indicaron que era inútil forzar consultas a otras instancias pues no tenían competencia, de manera que esperaban el respeto al acta de calificación con el aval de las autoridades ejecutivas de la institución.