SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0720/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0720/2005-R

Fecha: 29-Jun-2005

e  irreversible

              Finalmente, y sólo a manera de aclaración, se deja establecido que en el presente caso no es posible aplicar la excepción al principio de subsidiariedad, como lo ha hecho la Corte de amparo, toda vez que no existe el daño inminente  e  irreversible que posibilitaría aquello, ya que como se  expresa en la nota 215/04, de 21 de julio de 2004, firmada por el  recurrido, se pidió a la  recurrente retomar la carga horaria que le corresponde como Docente Titular de la materia de Cirugía en la Facultad de Odontología, lo que implica que, en tanto se resuelva el asunto hoy presentado, tiene el derecho de continuar en su condición de Docente con la carga horaria que tenía antes de ser nombrada Jefa del Departamento de Postgrado de la Facultad aludida.