Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0741/2005-R
Fecha: 30-Jun-2005
II.11.
II.11. El 6 de mayo de 2004 (fs. 264 del anexo 2), la parte demandada se ratificó en su propuesta y por decreto de 15 de mayo de 2004 (fs. 267 vta. del anexo 2), el Juez recurrido concedió a la parte demandante el plazo de cuarenta y ocho horas para que se manifieste sobre la propuesta de la parte contraria, bajo apercibimiento de aprobarse la propuesta presentada el 10 de febrero de 2004, mereciendo el memorial de rechazo de 15 de mayo de 2004 de la parte demandante (fs. 270-271).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- Fragmento 6
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.2.1.
- desconocía el fallo y su derecho propietario
- III.2.2.
- III.3.