Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0741/2005-R
Fecha: 30-Jun-2005
II.9.
II.9. Por memorial de 12 de abril de 2004, la parte demandante del proceso en cuestión, puso en conocimiento de la autoridad recurrida el fallecimiento de Olga Jinés Mercado, lo que implicaría que el apoderado tenía la obligación de hacer conocer ese extremo, además de que los herederos debían asumir su derecho (fs. 256-257 del anexo 2), aspecto reiterado en el otrosí del memorial de 6 de mayo de 2004 (fs. 263 del anexo 2) y en el escrito de 20 de mayo de 2004 (fs. 273 del anexo 2).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- Fragmento 6
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.2.1.
- desconocía el fallo y su derecho propietario
- III.2.2.
- III.3.