SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0741/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0741/2005-R

Fecha: 30-Jun-2005

II.8.

II.8.     Por Auto de Vista 07/2004, de 24 de marzo (fs. 12-13, 249-250 del anexo 2), el Juez Cuarto de Partido en lo Civil, revocó parcialmente el Auto de 31 de enero de 2004, con referencia únicamente al punto 2 de la parte resolutiva, estableciendo que la construcción señalada en el punto 2 del informe de fs. “35” del expediente principal está a cargo de la parte demandada únicamente, de manera que la intervención de la parte demandante en la obra debe tener lugar en los términos que señalan los puntos tres y seis del dicho informe, manteniendo incólume, en lo demás la Resolución apelada.