SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0741/2005-R
Fecha: 30-Jun-2005
II.6.
II.6. Por Auto de 31 de enero de 2004 (fs. 10-11, 143-144 anexo 1), el Juez recurrido, dispuso el cumplimiento de la parte resolutiva de la Sentencia, a cuyo efecto concedió a la parte demandada el plazo de cinco días para reparar el daño ocasionado, bajo apercibimiento de autorizar a la parte demandante la realización de esos trabajos a cargo de aquella. Además dispuso encarar la construcción ordenada entre demandante y demandado quienes deberán presentar planos y cotizaciones para realizar los trabajos del informe pericial “de fs. 35 (conclusiones punto 2)” , concediendo a las partes el plazo de cinco días computables a partir de su notificación, bajo apercibimiento de autorizar los trabajos a la parte que cumpla, con cargo de restitución de los gastos a la parte que incumpla. Por Auto de 12 de febrero de 2004 (fs. 146 vta. del anexo 1), el demandado subsanó la resolución a ”conclusiones punto 3”. El 11 de febrero de 2004 (fs. 156-157 del anexo 1), la recurrente Elvira Gamarra Vda. de Nava Morales, apeló la decisión de 31 de enero de 2004, siendo concedido el recurso por Auto de 1 de marzo de 2004 (fs. 165 del anexo 1).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- Fragmento 6
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.2.1.
- desconocía el fallo y su derecho propietario
- III.2.2.
- III.3.