Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0772/2005-R
Fecha: 05-Jul-2005
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Por lo anotado, interpone recurso de amparo constitucional contra Ramiro Claros Rojas, Osvaldo Céspedes Céspedes y Edgar Terrazas Melgar, vocales de la Sala Civil, solicitando sea declarado procedente, se disponga la anulación del Auto de Vista de 1 de julio de 2004, y se dicte uno nuevo en apego a los arts. 227 y 236 del CPC.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- dándose por notificada con la demanda principal y “posterior e ilegal” ampliación de la misma y Auto intimatorio,
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- 1)
- corresponde a la parte que se crea agraviada con la totalidad del fallo o una parte del mismo, formular apelación velando por sus intereses y derechos si estima que han sido lesionados.
- si bien es cierto
- REVOCA