SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0780/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0780/2005-R

Fecha: 07-Jul-2005

III.5.

III.5. Finalmente, con relación a la actuación del co recurrido, Juez de Partido Séptimo de Familia, se evidencia que devueltos los antecedentes a su despacho, dictó el decreto de 25 de octubre de 2004 (fs. 51 vta.), disponiendo el cumplimiento de las resoluciones emitidas por las autoridades judiciales superiores; consiguientemente, no fue quien dictó el Auto de Vista 538/2004, de 6 de octubre -impugnado-, y por lo mismo, no cometió  ningún acto ilegal; prueba de ello, es que en el memorial del recurso no se denuncia que esta autoridad, hubiere cometido acto ilegal u omisión indebida contra el ahora recurrente, sin embargo fue incluido en la demanda.