SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0783/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0783/2005-R

Fecha: 13-Jul-2005

II.2.

II.2. El 26 de abril de 2001, el recurrente y Francisco Palacios Alarcón suscribieron otro documento privado reconocido de acuerdo transaccional, en el que el primero declaró que dentro del proceso ejecutivo seguido a Carlos Rioja Vargas y Sra., en calidad de abogado y apoderado del segundo cobró las sumas de $US5.000.- por concepto de capital y $US2.000.- por concepto de interés y costas procesales, que le correspondían, conforme al acuerdo conciliatorio arribado en el Juzgado Partido Primero de Yacuiba. Ante los desacuerdos surgidos entre partes, fundamentalmente porque Francisco Palacios Alarcón inició acciones legales en su contra habiendo presentando una denuncia ante el Colegio de Abogados, ambas partes para solucionar dichas divergencias arribaron al siguiente acuerdo: 1) el recurrente reconoce adeudar la suma de $US5.000.- a Francisco Palacios Alarcón, la que se comprometió a cancelar en el plazo de 6 meses con un interés mensual del 3%, a cuyo efecto se faccionaria una minuta de préstamo con garantía hipotecaria; 2) el recurrente hace entrega y deja sin efecto la letra de cambio que tenía en su poder por la suma de $US3.000.-; asimismo, dejan sin efecto el documento transaccional suscrito entre ambas partes y que corre en el papel sellado 9573698 Serie “A-98”; 3) Francisco Palacios Alarcón, en la fecha de suscripción del documento se compromete a presentar memorial de desistimiento de la denuncia presentada ante el Colegio de Abogados (fs. 26-27).