Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0848/2005-R
Fecha: 27-Jul-2005
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos resuelve APROBAR la Resolución cursante de fs. 46 a 48, pronunciada el 30 de noviembre de 2004 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, y en consecuencia CONCEDER el amparo solicitado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1..
- incluyendo gastos de alimentación y transporte”.
- III.2.
- III.3.
- si bien
- Fragmento 16
- III.4.
- APROBAR