SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0965/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0965/2005-R

Fecha: 19-Ago-2005

III.5.

III.5. En relación a lo sostenido por los apoderados de las autoridades demandadas, sintetizado en el apartado I.2.2. f) del presente fallo,  resulta imperioso aclarar que tanto el Tribunal de garantías constitucionales como el Tribunal Constitucional  tienen facultad de  dejar sin efecto o anular decisiones asumidas por autoridades judiciales o administrativas cuando en el procedimiento que ha precedido a esas determinaciones o en el contenido de las mismas se constata la conculcación de derechos o garantías fundamentales de las personas, lo que válidamente se puede disponer a través de las acciones tutelares instituidas en la Constitución Política del Estado y en la Ley del Tribunal Constitucional; en cambio, cuando se  cuestiona la competencia de una autoridad y por ese motivo se pide la nulidad de sus actos o resoluciones, entonces debe acudirse al recurso directo de nulidad establecido a ese fin.