Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1010/2005-R
Fecha: 29-Ago-2005
II.9.
II.9. Por Auto de 24 de noviembre de 2004 (fs. 41-42), en apelación los vocales recurridos confirmaron el Auto de 6 de octubre de 2003, con la modificación de que los honorarios de abogado y apoderado del actor alcanzan a $US2.375.- con el argumento que el Juez a quo al regular los honorarios no tomó en cuenta las confesiones prestadas por el actor y su apoderado en sentido de haber recibido a cuenta de sus honorarios la suma de $US2.000.- de parte de Elizabeth Iriarte, confesiones que merecen fe probatoria al sentir de los arts. 1321 del CC y 404.II y 405 del CPC, las que debieron ser tomadas en cuenta aún de oficio por el inferior para asegurar la igualdad efectiva de las partes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- dado que los mismos delimitan la causa de pedir y vinculan al Tribunal de amparo
- en el ámbito de lo estrictamente denunciado por el actor
- III.3.