SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0058/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0058/2005

Fecha: 12-Sep-2005

I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución de la autoridad administrativa

Planteada la solicitud, por Resolución de 31 de enero de 2005 (fs. 105-108), el Presidente Ejecutivo del SIN, rechazó el recurso indirecto de inconstitucionalidad promovido. Asimismo, dispuso la remisión de antecedentes en consulta al Tribunal Constitucional. Recibido el expediente (fs. 108 vta.), la Comisión de Admisión por AC 084/2005-CA, de 18 de febrero (fs. 109-112), revocó la Resolución de 31 de enero de 2005, en consecuencia admitió el recurso y dispuso la notificación del Presidente Ejecutivo del SIN, orden que fue cumplida el 1 de marzo de 2005 (fs. 147).

Planteada la solicitud, por Resolución de 15 de febrero de 2005 (fs. 264 a 267), la Presidenta Ejecutiva a.i. del SIN, rechazó el recurso indirecto de inconstitucionalidad promovido. Asimismo, dispuso la remisión de antecedentes en consulta al Tribunal Constitucional. Recibido el expediente (fs. 267 vta.), la Comisión de Admisión por AC 106/2005-CA, de 9 de marzo (fs. 270 a 273), aprobó la Resolución de rechazo.  Empero, por AC 133/2005-CA, de 30 de marzo  (fs. 324-327), de oficio la citada Comisión dispuso la reposición del AC 106/2005-CA, de 9 de marzo, por ende admitió el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, así como la acumulación al expediente signado con el número 2005-10953-22-RII al verificarse la existencia de conexitud.