Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0058/2005
Fecha: 12-Sep-2005
II.1.2.
II.1.2. Por memorial presentado el 7 de diciembre de 2004 (fs. 59-72) Nacional de Seguros y Reaseguros S.A. interpuso ante el Gerente GRACO-La Paz, recurso de revocatoria, siendo resuelto por RA 15-9-009-04, de 27 de diciembre de 2004 (fs. 94-98), por la cual la Gerencia de GRACO- La Paz, resolvió confirmar la Resolución impugnada, concediendo al contribuyente el plazo de diez días para interponer los recursos que la ley franquea.
- recursos indirectos o incidentales de inconstitucionalidad
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución de la autoridad administrativa
- I.1.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- I.2.1. Relación sintética del recurso
- I.2.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- la fecha de pago de la primera cuota bimestral será fijada con relación a la fecha en que se realizó el pago de la cuota inicial
- III.3.