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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0058/2005
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0058/2005

    Fecha: 12-Sep-2005

    II.2.2.

    II.2.2.   Por memorial de 27 de diciembre de 2004 (fs. 234-247) la citada empresa interpuso ante el Gerente de GRACO - La Paz, recurso de revocatoria que fue resuelto por RA  02-01/2005, de 18 de enero (fs. 248-253), por la cual la Gerencia Distrital de GRACO - Santa Cruz, resolvió denegar el recurso de revocatoria manteniendo firme y subsistente la RA 02-59/2004, de 17 de diciembre.

    • recursos indirectos o incidentales de inconstitucionalidad
    • I.1.1. Relación sintética del recurso
    • I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución de la autoridad administrativa
    • I.1.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
    • I.2.1. Relación sintética del recurso
    • I.2.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal
    • II.1.1.
    • II.1.2.
    • II.1.3.
    • II.2.1.
    • II.2.2.
    • II.2.3.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2
    • la fecha de pago de la primera cuota bimestral será fijada con relación a la fecha en que se realizó el pago de la cuota inicial
    • III.3.

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