SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2005

Fecha: 26-Sep-2005

lo hace de manera singular

            Ahora bien, la Ley del Tribunal Constitucional que prevé el procedimiento de los recursos constitucionales, al hacer referencia a las disposiciones que pueden ser impugnadas a través del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad lo hace de manera singular; es así, que establece que procederá contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial; de lo que resulta que en el caso de que la sentencia declare la inconstitucionalidad parcial de la norma legal impugnada, tendrá efecto derogatorio de los artículos sobre los que hubiera recaído la declaratoria de inconstitucionalidad siguiendo vigentes los restantes; esto implica que el recurso debe estar dirigido contra una ley en particular, pues el trámite previsto por la Ley del Tribunal Constitucional no posibilita, por razones hermenéuticas,  que el recurso sea dirigido a través de una misma demanda contra un conjunto o un grupo de leyes; interpretación que tiene su explicación, en que no todas las leyes tienen una misma base normativa; dado que atendiendo a la materia que regulan, su posición con relación a la base fundamental en la que se sustentan (la Constitución) es distinta, diferente y particular, por ende, en términos del recurso de inconstitucionalidad  presentan una problemática particular a partir de la cual debe procederse a establecer su contraste con las normas contenidas en la Constitución Política del Estado, en el análisis y resolución del recurso.

   El contraste o juicio de constitucionalidad exige un análisis particular, profundo y coherente entre la norma impugnada, y el precepto o preceptos de la Constitución invocados como lesionados, lo que no podría lograrse, si el estudio se dispersa en otras tantas leyes, cuya materia y objeto de regulación es absolutamente diferente, haciendo imposible una estructura coherente en los fundamentos y en los resultados.