Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1056/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
II.1.
II.1. Dentro del proceso interdicto de retener la posesión seguido contra el Banco Santa Cruz S.A. por Víctor Salvatierra Pardo, luego de haber el Tribunal Agrario Nacional anulado obrados en dos ocasiones, la Jueza Agraria de Pailón del Distrito de Santa Cruz, emitió la Sentencia 2/2004, de 7 de mayo de 2004 (fs. 420 a 423), por la que declaró probada la demanda y ordenó a la entidad demandada, abstenerse de cometer actos perturbatorios a la posesión del actor respecto de la propiedad denominada “Los Tajibos” ubicada a 10 km al sur de Pailón.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- SC 1337/2003-R
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2.
- III.3.
- en cuanto a que la solicitud de ampliación efectuada por el Vocal Relator, habría sido realizada fuera del término establecido por el art. 207 del CPC,
- III.4.
- casará la Sentencia o auto recurrido que infringiere la ley o las leyes acusadas en el recurso, y en este caso fallará en lo principal del litigio
- III.5.
- APRUEBA