Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1056/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
II.3.
II.3. Remitido el expediente al Tribunal Agrario Nacional (fs. 438), y sorteado el mismo a la Sala Primera (fs. 439 vta.), se sorteó la causa al vocal Hugo Teodovich, como Relator, el 22 de julio de 2004 (fs. 444), quien en 2 de agosto (fs. 445), solicitó a la Presidenta de dicha Sala, el plazo complementario que señala el art. 207 del CPC, por razones de fuerza mayor expuestas en su nota, lo que fue concedido el mismo día (fs. 446).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- SC 1337/2003-R
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2.
- III.3.
- en cuanto a que la solicitud de ampliación efectuada por el Vocal Relator, habría sido realizada fuera del término establecido por el art. 207 del CPC,
- III.4.
- casará la Sentencia o auto recurrido que infringiere la ley o las leyes acusadas en el recurso, y en este caso fallará en lo principal del litigio
- III.5.
- APRUEBA