Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1089/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo relatado, plantean recurso de hábeas corpus contra Ángel Villarroel Díaz y Juan Marcos Terrazas Rojas, Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pidiendo sea declarado procedente, en consecuencia, se disponga la nulidad del Auto de Vista de 2 de julio de 2005, pronunciado por los recurridos.
- Henry Álvaro Pinto Dávalos y Mayra Pamela Ugarte León en representación sin mandato de Boris Echalar Céspedes
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- defensa eficaz y oportuno para la protección de su derecho a la libertad física, pues el mismo
- III.2.
- III.3.
- 1)
- APRUEBA