SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1106/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
recurso
En revisión la Resolución 05/2005 de fs. 289 a 292 vta. pronunciada el 13 de enero por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Gelafio Santiesteban Hurtado contra Jorge Rodríguez Bravo, Presidente del Tribunal Supremo de Justicia Militar, Alberto Zeballos Gareca, José Luis Bacarreza Inda, Emar Vaca Villarroel, Ernesto Mercado Uria, Néstor Burgoa Pérez, miembros del Tribunal Supremo de Justicia Militar y, Cesar López Saavedra, Comandante del Ejército, alegando la vulneración de los derechos a la dignidad, a la seguridad jurídica y al debido proceso, previstos en sus arts. 6, 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III.1.
- III.2. Los alcances de los derechos denunciados como vulnerados
- dignidad humana
- derecho a la seguridad jurídica
- debido proceso
- el auto de vista dictado, podrá ser recurrido de nulidad en el término perentorio de cinco días, ante la Sala de Apelaciones y Consulta.
- III.4. Respecto a los ascensos en las Fuerzas Armadas
- la negativa a su convocatoria de ascenso al grado de General de la República,