SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1171/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1171/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

II.5.

II.5.  Mediante memorial de 8 de diciembre de 2004, la recurrente presentó recurso administrativo de impugnación contra la RA 038/2004, argumentando que en forma prohibida por el art. 17 del DS 27328, direccionaba el proceso de contratación, al establecer como criterio de elegibilidad que las empresas, micro y pequeñas empresas que participen del mismo sean establecidas en la ciudad de Bermejo, e imponer que en el caso de asociaciones accidentales, el porcentaje de participación de las empresas establecidas en dicha ciudad debe ser del 70%; arguyendo también  que se lesionaba el modelo de pliego de condiciones, los principios del proceso de contratación, y discriminaba a todas las empresas nacionales (fs. 72 a 74); recurso que fue resuelto por el correcurrido Alcalde de Bermejo, mediante la RA 050/2004, de 15 de diciembre, confirmando el pliego de condiciones, fundamentado tal decisión, en que las modificaciones al modelo de pliego de condiciones tienen por objeto beneficiar a las empresas legalmente constituidas en el país y establecidas en la ciudad de Bermejo; así como en la aprobación de dichas modificaciones por la Dirección General de Sistemas de Administración (fs. 60 y 61 del anexo).