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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2005-R

    Fecha: 29-Sep-2005

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución 2/2005 de fs. 46 vta. a 49 pronunciada el 10 de marzo de 2005 por la Jueza de Partido Mixto y Sentencia de la localidad de LLallagua, del departamento de Potosí.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • siendo que como se vio el derecho de petición exige una respuesta en tiempo oportuno
    • Al efecto, los Gobiernos Municipales reglamentarán los procedimientos y precisarán plazos para dictar resoluciones
    • III.2.
    • APROBAR

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