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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2005-R

    Fecha: 29-Sep-2005

    II.6.

    II.6.  Según las fotocopias legalizadas del libro de registro de correspondencia recibida y expedida del Gobierno Municipal de LLallagua (fs. 40 vta.), se evidencia el registro del informe emitido el 28 de febrero de 2005, por Rafael Cachi Murillo, Asesor Jurídico, respecto a las solicitudes del actor.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • siendo que como se vio el derecho de petición exige una respuesta en tiempo oportuno
    • Al efecto, los Gobiernos Municipales reglamentarán los procedimientos y precisarán plazos para dictar resoluciones
    • III.2.
    • APROBAR

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