Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2005-R
Fecha: 29-Sep-2005
II.3
II.3 Contra dicha determinación, por memorial presentado el 18 de enero de 2005 (fs. 11 a 12), el actor solicitó al recurrido reconocimiento como funcionario de carrera administrativa; impetrando respuesta a dicha solicitud el 12 de febrero de 2005 (fs. 13), y reiterando su solicitud el 21 de febrero del mismo año (fs. 14) señalando para el efecto, en los tres memoriales, como domicilio la secretaría del despacho de la autoridad recurrida.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- siendo que como se vio el derecho de petición exige una respuesta en tiempo oportuno
- Al efecto, los Gobiernos Municipales reglamentarán los procedimientos y precisarán plazos para dictar resoluciones
- III.2.
- APROBAR