Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2005-R
Fecha: 29-Sep-2005
II.1.
II.1. El 19 de enero de 2004 (fs.1 a 2) la Alcaldía Municipal de LLallagua lanzó una convocatoria pública a concurso de méritos y examen de competencia para algunos cargos, por lo que por nota de 20 de febrero de 2004 (fs. 4) Armando Cruz Colquechambi -ahora recurrente- habiendo ganado dicho concurso solicitó al entonces, Alcalde Walter Claros Crespo, le otorgue memorando de contratación de servicios para el cargo de Contador del Departamento Eléctrico dependiente de dicho municipio.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- siendo que como se vio el derecho de petición exige una respuesta en tiempo oportuno
- Al efecto, los Gobiernos Municipales reglamentarán los procedimientos y precisarán plazos para dictar resoluciones
- III.2.
- APROBAR