Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2006-R
Fecha: 09-Ene-2006
II.2.
II.2. El 29 de marzo de 2004 (fs. 23), José Mamerto Durán Natusch solicitó ante el Juez de Partido de Turno en lo Civil, medida previa de intimación judicial para constitución en mora contra los recurrentes, solicitud que radicó en el Juzgado de Partido Liquidador, cuyo titular, por Auto de 5 de agosto de 2004 (fs. 26) intimó a los demandados a cancelar la suma adeudada en el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de quedar constituidos en mora.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 15
- que bajo ningún concepto puede, en materia de amparo, sustituir la competencia otorgada a la jurisdicción ordinaria.
- además de que no valoraron las excepciones de pago parcial, impersonería en el coactivante e inhabilidad de título, pese a que dichas excepciones fueron demostradas, extremos, que conforme al razonamiento expuesto en el punto anterior, no son materia justiciable en materia de amparo,
- APRUEBA