Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0077/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Resolución de 22 de junio de 2005, cursante de fs. 208 vta. a 210 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, modificándola respecto a la multa impuesta por considerarla excesiva, calificándola en Bs100.-.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- nunca llegó a iniciarse proceso en su contra, toda vez que el Tribunal referido no encontró motivos para abrirlo
- III.4.
- APRUEBA