SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0077/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución de 22 de junio de 2005, cursante de fs. 208 vta. a 210 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Hilda Zubieta Álbarez contra Vania Rocha, Aidé Frías y María Quintanilla, Presidenta y vocales del Tribunal Nacional de Honor del Colegio Nacional de Enfermeras; Guadalupe Rodríguez, Lourdes Tito y Elizabeth Heredia, Presidenta, Secretaria General y Vocal del Tribunal Departamental de Honor del Colegio Departamental de Enfermeras de Tarija, alegando la conculcación de sus derechos a la dignidad, a la defensa, al debido proceso y a recurrir de decisiones que le afecten, consagrados en los arts. 6.II, 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE), 25.1, 8.1, 8.2 incs. b) y c), y 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- nunca llegó a iniciarse proceso en su contra, toda vez que el Tribunal referido no encontró motivos para abrirlo
- III.4.
- APRUEBA