Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0077/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La actora arguye que ha sido sancionada por el Tribunal Departamental de Honor del Colegio de Enfermeras de Tarija, sin ser notificada con el inicio del proceso en su contra y sin permitirle defenderse, lo cual no ha sido corregido por el Tribunal Nacional de Honor, todo lo que vulneraría sus derechos a la dignidad, a la defensa, al debido proceso, y a recurrir de decisiones que le afecten. Corresponde establecer, en revisión, si en este caso es posible otorgar o no la tutela impetrada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- nunca llegó a iniciarse proceso en su contra, toda vez que el Tribunal referido no encontró motivos para abrirlo
- III.4.
- APRUEBA