SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Los recurrentes a través de su abogado ratificaron su demanda señalando que en la asamblea cuya acta se impugna, fueron suspendidos en franca contravención del Estatuto, y al no tener un plazo definido esa medida, se constituye en una verdadera expulsión y para el supuesto inadmitido de que los recurridos esgriman el argumento de que la decisión de la Asamblea es magna y soberana, cabe remarcar que efectivamente tienen ese carácter siempre y cuando no vulneren el ordenamiento jurídico ni los derechos y garantías constitucionales y en este caso se conculcó la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y al previo y debido proceso. Refiriéndose a la prueba presentada por la parte recurrida la observó señalando que el oficio de 20 de enero de 2005 se encuentra con fecha acomodada y de ninguna manera puede negar la eficacia del amparo, pues es una nota que fue fabricada y lo único que hace es confirmar la sanción de suspensión adoptada en la Asamblea, cuando dice recién que es para ponerlos a disposición del Tribunal de Honor, porque en el acta de Asamblea no se ordenó tal cosa, sino que se los sancionó con la suspensión.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe del recurrido
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- lesionen
- III.2.
- 1)
- no se presentan los presupuestos básicos para la procedencia del amparo constitucional
- APROBAR