SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
II.1.
II.1. En la Asamblea General de Socios de CADEPIA realizada el 21 de noviembre de 2004 (fs. 26 a 34), cuya orden del día contenía los siguientes puntos: 1. Informe de actividades; 2. Informe económico de la gestión; 3. Elección Comité Electoral y 4. Varios, los cuales fueron aprobados con la salvedad de que en Varios se trate la modificación de los Estatutos y Reglamentos. Al tratar el punto primero y aprobado el informe de actividades, el recurrido, en su calidad en ese entonces de Presidente de CADEPIA, en vez de pasar al punto segundo, logró que la Asamblea los apoye sobre cualquier problema emergente de su gestión, añadiendo luego que existen socios con accionar negativo, consiguiendo una vez más que la Asamblea con el respaldo total de los presentes, decida la suspensión de la Cámara en aplicación del art. 27 del Estatuto, a los recurrentes y otros, y se solicite al Tribunal de Honor se pronuncie sobre este caso de acuerdo al Estatuto y Reglamento de CADEPIA.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe del recurrido
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- lesionen
- III.2.
- 1)
- no se presentan los presupuestos básicos para la procedencia del amparo constitucional
- APROBAR