SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0963/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0963/2006-R

Fecha: 02-Oct-2006

III.2. Análisis del caso

Precisados el entendimiento y razones de la SC 0915/2002-R, corresponde señalar que una vez dictada la indicada Sentencia Constitucional y regularizado el procedimiento penal, la recurrente solicitó la conversión de acciones al Fiscal de Distrito de Santa Cruz, autoridad que autorizó la solicitud mediante  requerimiento de 22 de septiembre de 2004, a cuyo efecto el 1 de diciembre de 2004, la recurrente formalizó querella contra los imputados por el delito de estafa, tramitándose la causa como delito de acción privada, en cuyo juicio oral, celebrado el 18 de abril de 2005, los acusados formularon las excepciones de incompetencia, litispendencia, prejudicialidad y vencimiento del proceso por cumplimiento del término, excepciones que fueron resueltas por el Juez recurrido, quien por Auto de 19 de abril de 2005 -Resolución ahora impugnada- rechazó las excepciones de falta de competencia, litispendencia y prescripción y declaró probada la excepción de prejuidicialidad, determinando la suspensión del proceso hasta que el proceso extrapenal del proceso ordinario de resolución de contrato seguido entre las partes en el Juzgado Octavo de Partido en lo Civil concluya y adquiera la calidad de cosa juzgada, Resolución confirmada mediante Auto de Vista de 13 de julio de 2005 -también impugnado-, que declaró improcedente el recurso de apelación opuesto por la recurrente con el argumento de que con la SC 915/2002-R, se ha reencausado procedimiento y en consecuencia se procedió a tramitar la acción conforme a la normativa contenida en el Código de Procedimiento Penal (Ley 1970), siendo correcta la apreciación realizada por el a quo al declarar probada la excepción de prejudicialidad, en el entendido de que al estar íntimamente ligada la conducta de los procesados con las causales de resolución de los contratos que se han demandado en la jurisdicción civil, es necesario que se conozca el resultado de esa acción.