SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0963/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0963/2006-R

Fecha: 02-Oct-2006

Que, en consecuencia, en el caso que se examina se tiene que el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal Liquidador sujetó la causa al anterior Procedimiento Penal de 1973, en vez de imprimir el trámite establecido por la Ley N° 1970, y -a su vez- los vocales recurridos no observaron el error del inferior al pronunciar el Auto de Vista cuestionado aplicando en él disposiciones que no están en vigencia,


Que, en consecuencia, en el caso que se examina se tiene que el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal Liquidador sujetó la causa al anterior Procedimiento Penal de 1973, en vez de imprimir el trámite establecido por la Ley N° 1970, y -a su vez- los vocales recurridos no observaron el error del inferior al pronunciar el Auto de Vista cuestionado aplicando en él disposiciones que no están en vigencia,
resoluciones ilegales que vulneran el derecho a la defensa del recurrente previsto por el art. 16 constitucional y al debido proceso. Que las circunstancias anotadas hacen viable la tutela solicitada por encontrarse el caso dentro de las previsiones del art. 19 de la Ley Fundamental que ha instituido el Amparo para precautelar las garantías constitucionales que las partes deben tener en un proceso”. (las negrillas son nuestras). Con dichos razonamientos, la indicada Sentencia, declaró procedente el recurso planteado. En consecuencia dejó sin efecto los Autos de 22 de enero y 18 de abril de 2002 y regularizando procedimiento dispuso que el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal devuelva antecedentes al Ministerio Público en observancia del Código de Procedimiento Penal.