Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0985/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
II.1.
II.1. Con el testimonio de poder 29/98, de 10 de febrero de 1998 (fs. 14 a 28), conferido por el Superintendente de Bancos y Entidades Financieras, el 27 de “mayo” de 2000 (fs. 39 a 41) Hugo Adolfo Lang Konig planteó demanda ordinaria de puro derecho contra Lizardo Barrancos Arce, alegando que si bien éste canceló los créditos que le fueron concedidos por el “BIDESA S.A.” en liquidación en liquidación a través de la modalidad de dación en pago de varios inmuebles, no cumplió con la entrega física de los mismos. Demanda que fue admitida por Auto de 29 de mayo de 2000 (fs. 41 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre.
- sin plantear excepción alguna ni observar nada relativo a la personalidad del Banco demandante ni sobre la personería del representante,
- Consiguientemente, al haber formulado el presente amparo constitucional el 1 de diciembre de 2005,
- III.4. Utilización de la terminología en la parte resolutiva de los recursos de amparo
- APRUEBA