Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0985/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 23 de diciembre de 2005, cursante de fs. 776 a 777, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Lizardo Barrancos Arce contra Marcelo Barrientos Díaz, Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial, Ramiro Claros Rojas, Edgar Terrazas Melgar y Oswaldo Céspedes Céspedes, Vocales de la Sala Civil Segunda del Distrito Judicial de Santa Cruz, alegando la vulneración de su derecho a la seguridad jurídica y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre.
- sin plantear excepción alguna ni observar nada relativo a la personalidad del Banco demandante ni sobre la personería del representante,
- Consiguientemente, al haber formulado el presente amparo constitucional el 1 de diciembre de 2005,
- III.4. Utilización de la terminología en la parte resolutiva de los recursos de amparo
- APRUEBA