Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0985/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
II.3.
II.3. Mediante Sentencia 238/2003, de 18 de octubre (fs. 479 a 480), el Juez co- rrecurrido declaró probada la demanda principal y la excepción de falta de acción y derecho planteada por el “BIDESA S.A.” en liquidación, e improbada la demanda reconvencional, ordenando la entrega de los inmuebles reclamados, bajo prevención de librarse mandamiento de desapoderamiento.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre.
- sin plantear excepción alguna ni observar nada relativo a la personalidad del Banco demandante ni sobre la personería del representante,
- Consiguientemente, al haber formulado el presente amparo constitucional el 1 de diciembre de 2005,
- III.4. Utilización de la terminología en la parte resolutiva de los recursos de amparo
- APRUEBA