Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1022/2006-R
Fecha: 16-Oct-2006
II.1.
II.1. El 11 de noviembre de 1994, Mario Anaya Flores, en representación de Alcides Tórrez Rodríguez y otros, interpuso demanda por pago de beneficios sociales, contra el representado del recurrente en su condición de Gerente propietario de la empresa consultora “Sadud y Asociados” (fs. 24 a 25 vta.). Por decreto de 12 de noviembre de 1994, el Juez de la causa admitió la demanda y dispuso su traslado a la empresa en la persona del representado del recurrente para su contestación (fs. 25 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- III.2.
- Fragmento 17
- cuando durante todo el proceso social y en sus diferentes instancias asumió la representación y la defensa de la entidad demandada