SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1022/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1022/2006-R

Fecha: 16-Oct-2006

improcedente

La Resolución 20, de 15 de agosto de 2006, cursante de fs. 168 a 170, declaró improcedente el recurso, con los siguientes argumentos: a) el presente recurso no tiene base ni fundamento en la norma constitucional prevista en el art. 18 de la CPE, porque si bien los argumentos de la parte recurrente se centran en la inexistencia de la empresa, existe una relación entre su representado y la empresa “Sadud y Asociados”, correspondiendo al demandado probar ese extremo, por la inversión de la carga de la prueba en materia laboral, en el transcurso del proceso, el representado asumió defensa y no objetó la existencia de la relación obrero patronal, y en ese entendido, se tramitó el proceso donde el representado del recurrente, propuso pruebas, apeló en dos oportunidades  y recurrió de casación, lo que implica una  relación entre la empresa y el representado del recurrente; b) si bien la parte resolutiva o dispositiva es importante, también lo es la considerativa que debe tener congruencia con la primera, existiendo en el caso de autos coherencia en la Sentencia del proceso social, pues el representado del recurrente asumió defensa sin negar o desconocer la relación patronal con los demandantes, menos objetó su calidad de Gerente propietario de la empresa, de modo que, el hecho de que en la parte resolutiva sólo se mencione a la empresa, no lo libera de la obligación, toda vez que en la demanda se mencionó expresamente que era el Gerente propietario; por ello los argumentos de que no es la persona demandada o que la empresa no existe no son válidos, por cuanto  puede que no esté registrada la empresa, pero el representado nunca objetó la existencia o inexistencia de la misma, por el contrario, asumió defensa.