Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1022/2006-R
Fecha: 16-Oct-2006
II.2.
II.2. Por memorial de 16 de diciembre de 1994, el representado del recurrente, contestó negativamente a la demanda, sin cuestionar la existencia de la empresa o su condición de Gerente propietario (fs. 40 y vta.). Por escrito de 27 de enero de 1995, propuso prueba documental y solicitó confesión judicial provocada (fs. 44 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- III.2.
- Fragmento 17
- cuando durante todo el proceso social y en sus diferentes instancias asumió la representación y la defensa de la entidad demandada