SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1026/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1026/2006-R

Fecha: 16-Oct-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 30 de diciembre de 2005 (fs. 19 a 24), el recurrente arguye, no obstante que el 19 de enero de 2005 fue posesionado como Concejal Munícipe electo por voto popular del Municipio de Tarvita, y que fue elegido Presidente de dicho Concejo Municipal el 20 de enero de 2005; con motivo de la reunión realizada el 4 de julio de 2005, de evaluación del proyecto de pavimento rígido ejecutado en la anterior gestión municipal a la que concurrió como invitado y en la que solicitó vanamente su licencia al cargo de Presidente del Concejo Municipal; sin ninguna convocatoria, ni orden del día instruida por su persona como Presidente del Concejo Municipal, ejerciendo vías de hecho y bajo amenaza de ser ejecutado por la justicia comunitaria como el caso del Alcalde de Ayo Ayo, los recurridos, el Presidente del Comité Cívico de Tarvita y una comisión de dicha reunión sumando cerca de cincuenta personas, lo secuestraron encerrándolo con candado y le obligaron a instalar una sesión del Concejo Municipal en dicha reunión, conminándolo a aprobar la ejecución presupuestaria que había observado, para finalmente obligarle a firmar una carta de renuncia irrevocable al cargo de Concejal de Tarvita elaborada por los mismos, firmando ésta por temor a su integridad física y la de su familia, pues en esa oportunidad no contaba con nadie a su favor.

Expresa que con tales actuaciones el Concejo Municipal vulnera la jurisprudencia que el Tribunal Constitucional ha sentado respecto a la suspensión de todo Alcalde o Munícipe que debe efectuarse previo sumario informativo. Finaliza  afirmando que el 15 y 28 de noviembre de 2005 dirigió cartas solicitando su reincorporación, sin haber recibido respuesta alguna al respecto, hasta la fecha de interposición del presente recurso.