SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1030/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1030/2006-R

Fecha: 16-Oct-2006

concedió

Por Resolución de 11 de enero de 2006, el Juez de amparo concedió en parte la tutela solicitada, en cuanto a la negativa y falta de pronunciamiento al petitorio de fs. 16 a 18 vta. del expediente original, por restringir el derecho a la seguridad jurídica de la recurrente, y denegó el recurso en cuanto a la solicitud de conformación de la Comisión de Ética, así como respecto a la medida cautelar de prohibir al Concejo Municipal hacer uso del voto de censura. La Resolución se fundó en los siguientes puntos: 1)  una vez que la Alcaldesa recurrente presentó memorial ante la Comisión de Ética, apersonándose, oponiendo excepciones y respondiendo, para posteriormente reiterar la excepción planteada, se constata que la actora consintió la ilegalidad denunciada referida a la conformación de dicha Comisión; 2)  la negativa de pronunciamiento por parte del Concejo Municipal respecto a los memoriales presentados por la Alcaldesa recurrente, constituye un atentado contra el derecho de la actora a la seguridad jurídica; 3) en cuanto a la solicitud de medida cautelar de prohibir al Concejo Municipal que proceda a censurar a la Alcaldesa recurrente, esa facultad es privativa de dicho órgano, consiguientemente no es factible atender el petitorio.