SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1034/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1034/2006-R

Fecha: 20-Oct-2006

a)

Los Vocales recurridos no se presentaron en audiencia, sin embargo, presentaron informe escrito que cursa  de fs. 155 a 158 en el que refieren lo siguiente: a) no es evidente que la Resolución  654/05 no tenga la debida fundamentación, toda vez que el Juez  inferior violó el art. 204 del Código Penal (CP) en cuanto a la aplicación de la pena e incurrió en la causal de casación prevista en el art. 298 incs. 1) y 4) del Código de Procedimiento Penal de 1972 (CPP.1972), el Auto Supremo recurrido cumple con la normativa prevista en los arts. 301 y 307 inc. 3) del CPP.1972; b) el Auto de Vista recurrido no fundamentó los motivos para la rebaja de la pena e incurrió en contradicciones; c) resulta abusivo el uso indiscriminado del recurso de amparo constitucional a modo de un segundo recurso de casación; d) la facultad de revisar los fallos  judiciales  corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios, por lo que el Tribunal de amparo no puede pronunciarse sobre cuestiones  que son de exclusiva competencia de ellos, por lo que piden se declare improcedente.