SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1037/2006-R
Fecha: 20-Oct-2006
; empero, los recurrentes omitieron explicar cuál la relación de causalidad entre tales hechos y los derechos y garantías constitucionales que estiman lesionados,
En la especie, se ha constatado que en la demanda de amparo, los recurrentes hacen una relación de los hechos que motivaron la interposición de esta acción, alegando que el Juez recurrido, al regular los honorarios profesionales solicitados por su parte, no consideró que si bien no se determinó la cuantía en el proceso del que emerge este amparo, el bien objeto de litigio tiene un valor que debe ser tomado en cuenta para dicha cuantía, y que los Vocales co demandados, mantuvieron ese criterio; empero, los recurrentes omitieron explicar cuál la relación de causalidad entre tales hechos y los derechos y garantías constitucionales que estiman lesionados, ya que se limitaron a relatar lo acontecido en la calificación de honorarios, y a señalar tales derechos y garantías, sin precisar de qué manera fueron vulnerados con las decisiones asumidas por las autoridades judiciales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- , no refirió el nexo de causalidad, entre los hechos y el derecho vulnerado, por lo que no se activa el amparo,
- SC 0731/2006-R, de 25 de julio,
- ; empero, los recurrentes omitieron explicar cuál la relación de causalidad entre tales hechos y los derechos y garantías constitucionales que estiman lesionados,
- “...corresponde declarar su improcedencia, dado que la inexistencia de nexo o relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía, determina que el juez o tribunal de amparo, así como este Tribunal en etapa de revisión, estén impedidos de remediar ese defecto en la demanda;
- III.3. Terminología utilizada en las Resoluciones de amparo constitucional
- APRUEBA