SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1043/2006-R
Fecha: 20-Oct-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 63/2005, de 14 de diciembre, cursante de fs. 508 a 511 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Martín Guillermo Sotelo Winkler y Karla Jimena Abuday Yañez en representación legal de la Universidad Privada del Valle (Univalle) S.A. contra María Cristina Mejía Barragán, ex Ministra de Educación, alegando la vulneración de los derechos de la Universidad que representan a la seguridad jurídica, al trabajo, a dedicarse al comercio, a formular peticiones y de la garantía del debido proceso consagrados en los arts. 7 incs. a), d) y h) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- a)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no la tramita ni la responde en un tiempo oportuno o en el plazo previsto por Ley de forma que cubra las pretensiones del solicitante, ya sea exponiendo las razones por las cuales no se la acepta, o dando curso a la misma, con motivos sustentados legalmente o de manera razonable,
- el legislador -debe entenderse así- privilegió el interés público, específicamente del administrado, al poner límite a la dilación del pronunciamiento de una resolución, y a cuya consecuencia, éste, o bien puede consentir con sus efectos siéndole favorable o no
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR