SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1071/2006-R
Fecha: 26-Oct-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La parte recurrente ratificó su demanda y la amplió señalando que la última actuación fue el decreto de 5 de mayo de 1990, a partir del cual se inició la inacción del ejecutante, ya que el 31 de marzo de 1997 se presentó la solicitud de desarchivo del proceso que conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia no es un acto que interrumpe la prescripción; sin embargo, tomando en cuenta ese memorial, ya habían transcurrido más de seis años; agregó, que el 10 de octubre de 1998, es la fecha exacta en la que se produjo un acto judicial, transcurriendo más de siete años, por lo que su representado opuso la prescripción; no obstante y pese al amparo constitucional interpuesto, los correcurridos nuevamente declararon improbada la excepción infringiendo los arts. 1493, 1506 del CC y 44 de la LTC.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- o de agotados los medios y recursos judiciales ordinarios o administrativos idóneos para hacer cesar el acto
- III.2.
- sin recurso ulterior
- 4 de octubre de 2004.
- 14 de enero de 2005
- APROBAR