Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1097/2006-R
Fecha: 01-Nov-2006
II.1.
II.1. Por requerimiento fiscal de 8 de mayo de 2006 (fs. 1 a 2), el Ministerio Público imputó formalmente al recurrente el delito de estafa y solicitó la aplicación de medidas sustitutivas, pedido que mereció el decreto de 10 de mayo de 2006 (fs. 2 vta.), por el cual el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal en suplencia legal, señaló audiencia para el 5 de junio de 2006. En mérito a la solicitud fiscal (fs. 6), por decreto de 3 de junio de 2006 (fs. 6 vta.), se suspendió la audiencia fijada señalándose una nueva para el 5 de junio de 2006.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia
- III.2.
- III.3.
- pues conforme los antecedentes fácticos del caso, correspondía una vez que el actor compareció al proceso, que el Juez recurrido deje sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia, precisamente, entre ellas, el mandamiento de aprehensión,