Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1097/2006-R
Fecha: 01-Nov-2006
II.7.
II.7. Por memorial de 24 de agosto de 2006 (fs. 32 y vta.), el recurrente se apersonó voluntariamente, solicitando la suspensión de la declaratoria de rebeldía y se señale nueva audiencia de medidas cautelares, bajo el argumento de no haber llegado a la audiencia a la hora señalada por la tardanza en el servicio de ascensor.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia
- III.2.
- III.3.
- pues conforme los antecedentes fácticos del caso, correspondía una vez que el actor compareció al proceso, que el Juez recurrido deje sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia, precisamente, entre ellas, el mandamiento de aprehensión,