Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1097/2006-R
Fecha: 01-Nov-2006
II.6.
II.6. Ante la incomparecencia del recurrente a la audiencia de 24 de agosto de 2006 (fs. 29); por Auto Interlocutorio (fs. 29 vta. a 30 vta.), el Juez recurrido volvió a declarar la rebeldía del recurrente ordenando su aprehensión, su arraigo y el embargo de sus bienes, entre otras medidas; a ese efecto, en la misma fecha se libró mandamiento de aprehensión (fs. 31).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia
- III.2.
- III.3.
- pues conforme los antecedentes fácticos del caso, correspondía una vez que el actor compareció al proceso, que el Juez recurrido deje sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia, precisamente, entre ellas, el mandamiento de aprehensión,