SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1110/2006-R
Fecha: 01-Nov-2006
0753/2006-R
Es necesario dejar claro que lo reclamado por los recurrentes a través del presente recurso de amparo constitucional, se circunscribe a la falta de pronunciamiento por parte de los Vocales recurridos, sobre la apelación que plantearon en el proceso coactivo civil contra la Resolución que declaró improbadas sus excepciones, es decir que no ha habido una decisión sobre el fondo de las cuestiones que formularon en la alzada, por una parte, y por otra, cabe recordar que este Tribunal ha establecido que, si existen actos ilegales que vulneren derechos o garantías fundamentales, deben repararse en el mismo proceso donde se hayan producido, de modo que no es posible declarar la improcedencia de este recurso expresando que pueden acudir al proceso ordinario. En ese sentido se tienen las SSCC 0753/2006-R, 1614/2004-R, 1260/2004-R, 1277/2004-R 1409/2004-R, 0577/2004-R, 0374/2002-R, entre otras.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3. En 4 de febrero
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- auto interlocutorio,
- éstos se dividen en definitivos y simples o propiamente dichos.
- ponen fin
- los Autos Interlocutorios simples
- todo auto que no ponga fin al litigio y trate del proceso mismo y no del derecho discutido en él, constituye un auto interlocutorio simple
- III.2. El caso ahora analizado
- se citará al coactivado,
- Sin embargo,
- la Resolución que se dicte en relación a la oposición de excepciones en el proceso coactivo civil, no puede ser considerada como un Auto Interlocutorio simple, toda vez que puede determinar el corte del proceso y la imposibilidad de proseguirlo, y, si se declarasen improbadas tales excepciones, en segunda instancia podría modificarse esa decisión, e igualmente cortar todo procedimiento ulterior.
- Por consiguiente
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