SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1110/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1110/2006-R

Fecha: 01-Nov-2006

Sin embargo,

Ahora bien, el caso hoy sometido a revisión deviene de un proceso coactivo civil en el cual los recurrentes -coactivados-, una vez citados con la demanda y la Sentencia dictada en el proceso instaurado por el Banco Mercantil S.A. en  contra suya, opusieron las excepciones de falta de fuerza coactiva y de inhabilidad de título, que fueron declaradas improbadas por el Juez de la causa, habiendo planteado apelación contra esa Resolución a los seis días de haber sido notificados. Los Vocales recurridos, mediante Auto de Vista 667/2005, de 30 de noviembre, anularon el Auto de concesión de alzada, con el fundamento que la apelación fue presentada fuera del término de tres días señalado por el art. 216.I del CPC, al tratarse, según señalan, de una apelación contra un Auto Interlocutorio simple, disponiendo, por ello, la subsistencia de la Resolución apelada. Sin embargo, ni las autoridades demandadas ni la Corte de amparo, han tomado en cuenta que las excepciones, si fueren declaradas probadas, pueden poner fin al litigio. En efecto, por ejemplo, si se declarare  probada la excepción de falta de fuerza coactiva, o la de inhabilidad del título, no habría posibilidad de proseguir con la tramitación con el proceso porque desaparecería su base o fundamento que está dado, en los procesos coactivos, justamente en el documento con fuerza coactiva  con el que se inicia la acción.